28 agosto, 2026

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Alerta sanitaria: la ANMAT prohibió la venta y publicidad de una serie de aromatizantes, desinfectantes y productos para piletas

El organismo oficial dictaminó la restricción total debido a que los artículos se comercializaban sin la debida autorización y en establecimientos no habilitados. Las medidas fueron publicadas en el Boletín Oficial y alcanzan a las plataformas de comercio electrónico.

Las resoluciones emitidas por los organismos reguladores del Estado nacional representan una herramienta de control indispensable para garantizar la seguridad de los consumidores y ordenar los circuitos de comercialización de sustancias químicas de uso doméstico en la provincia de Buenos Aires y todo el territorio federal. Cuando los departamentos técnicos detectan la presencia de artículos que prometen propiedades desinfectantes o preventivas sin haber superado las auditorías biológicas obligatorias, la intervención administrativa inmediata resulta crucial para evitar potenciales perjuicios sanitarios en la población. Para las plataformas informativas dedicadas al seguimiento de las normativas del Boletín Oficial y las políticas de sanidad, desglosar estos dictámenes es un factor clave para promover un consumo seguro y responsable.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió de manera oficial este miércoles la comercialización, distribución, uso y publicidad de una amplia gama de productos aromatizantes, desinfectantes de ambientes y artículos químicos destinados al tratamiento del agua de piscinas, debido a que no cuentan con la correspondiente autorización sanitaria para operar en el mercado. Las resoluciones quedaron formalizadas a través de las Disposiciones 3706/2026, 3707/2026 y 3797/2025, publicadas con la firma del titular del organismo, Luis Eduardo Fontana, donde se detalla que estos elementos representan un riesgo potencial para la salud debido a la falta de información verificada sobre su composición y condiciones de elaboración. En el primero de los dictámenes, la restricción abarca a la totalidad de los artículos de la marca «Sinolor» —incluyendo eliminadores de olores y limpiadores en cualquiera de sus lotes o presentaciones—, ordenándose además el retiro inmediato de los anuncios en plataformas de comercio electrónico y redes sociales donde se promocionaban para combatir virus y bacterias sin poseer un laboratorio responsable habilitado. Por otra parte, la Disposición 3707/2026 vetó todos los productos de la marca «Aquamar by LABZA», dedicada a la venta de clarificadores, alguicidas y limpiadores de piletas, luego de una investigación que se originó a partir de una advertencia del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) respecto a la venta irregular de un insecticida que prometía eliminar larvas de mosquitos dentro de los espejos de agua.

Las autoridades nacionales recordaron a los usuarios la importancia de verificar que los envases de los productos de limpieza cuenten siempre con el número de registro nacional correspondiente antes de su aplicación en el hogar. El área de monitoreo continuará con los rastreos digitales para bloquear nuevos intentos de comercialización clandestina de las marcas sancionadas.