28 agosto, 2026

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Control de armamento: el Gobierno otorgó un año de plazo para regularizar la tenencia de armas no registradas

A través de la nueva Ley 27.805 publicada en el Boletín Oficial, se abrió una ventana de 360 días para declarar materiales en situación irregular ante la ANMAC. Quienes realicen el trámite voluntario accederán al perdón de sanciones administrativas y penales, siempre que no cuenten con causas judiciales abiertas.

Las prerrogativas legislativas orientadas al ordenamiento de los registros de materiales controlados y la fiscalización del armamento en manos de particulares constituyen decisiones de fuerte impacto institucional para la seguridad pública en la provincia de Buenos Aires y el resto del territorio argentino. Cuando los poderes del Estado disponen moratorias o plazos excepcionales de regularización documental, buscan desalentar los circuitos informales de tenencia y consolidar bases de datos unificadas que faciliten el rastreo técnico de los dispositivos de fuego de uso civil. Para las plataformas de comunicación digital abocadas al análisis pormenorizado de las normativas vigentes, las leyes del Congreso y las resoluciones administrativas de los organismos nacionales, desglosar estos plazos resulta un factor fundamental para informar con precisión a los usuarios legítimos.

El Congreso de la Nación sancionó de manera definitiva la Ley 27.805, una normativa de control civil promulgada el pasado 10 de junio de 2026 y publicada de forma oficial este jueves 18 de junio en el Boletín Oficial, la cual concede un plazo improrrogable de 360 días para que los ciudadanos que posean armas de fuego de uso civil o de uso civil condicional sin registrar, o con documentación irregular, puedan encuadrar su situación ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC). La medida persigue el doble propósito de fortalecer el control estatal sobre el armamento circulante y estimular la participación comunitaria en el Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego, cuya vigencia general se prorrogó por disposición de la misma norma hasta el 31 de diciembre de 2027 para asegurar la recepción anónima y segura de los dispositivos. Quienes decidan presentarse voluntariamente para declarar sus armas o repuestos principales deberán someterse a exhaustivas verificaciones técnicas y administrativas antes de que sus datos y los del material sean volcados en el Banco Nacional Informatizado de Datos. Las autoridades aclararon expresamente que para gozar de la exención de sanciones penales y administrativas contempladas por la ley, los solicitantes no deben registrar un proceso judicial abierto en su contra por tenencia ilegal al momento de la presentación, de acuerdo con las especificaciones del artículo 189 bis del Código Penal, debiendo además tramitar la condición de legítimo usuario si es que aún no cuentan con dicha credencial habilitante.

La ANMAC tendrá la obligación legal de concientizar a los solicitantes sobre los riesgos intrínsecos de la tenencia de armamento antes de iniciar el procedimiento formal de empadronamiento. En caso de detectarse anomalías insalvables como numeraciones limadas o modelos prohibidos por la ley, el organismo estará facultado para iniciar causas judiciales e incautar el material de forma inmediata.